Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. HERNANDEZ MENDEZ, JAIME
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202001041
Año:
2020
Fecha:
18 de noviembre de 2020
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. El Sr. Jaime Hernández Méndez solicita la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Dicha resolución del TPI declaró no ha lugar una moción de nuevo juicio presentada por el peticionario. El Sr. Hernández fue declarado culpable en 2004 por un veredicto de jurado no unánime. Basó su moción en la Regla 192.1 y en la decisión Evangelisto Ramos v. Louisiana, argumentando la necesidad de un veredicto unánime. El TPI denegó la petición, resolviendo que la aplicación retroactiva de Ramos no alcanza sentencias finales y firmes. Inconforme, el peticionario recurrió ante el Tribunal de Apelaciones. Tras revisar el escrito y los autos, el Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto solicitado.
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Salgado Schwarz
Figueroa Cabán, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 18 de noviembre de 2020. Comparece el Sr. Jaime Hernández Méndez, en adelante el señor Hernández o el peticionario, y solicita que revoquemos una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, en adelante TPI. Mediante la misma, se declaró no ha lugar una moción en solicitud de nuevo juicio.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, se deniega la expedición del auto solicitado...
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