Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. TORRES DAVID, ENRIQUE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202001008
Año:
2020
Fecha:
10 de noviembre de 2020
Enrique Torres David presentó una petición de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico impugnando una decisión del Tribunal de Primera Instancia en Aibonito. El peticionario solicitó la revisión de la resolución del TPI que declaró No Ha Lugar su moción por derecho propio. En su moción, el Sr. Torres David reclamó una reducción del 25% de su pena, invocando atenuantes bajo el Artículo 67 del Código Penal. Anteriormente, se había declarado culpable de cargos que incluían agresión grave e infracciones a la Ley de Armas, recibiendo una sentencia que incluía un componente suspendido. Su privilegio de sentencia suspendida fue posteriormente revocado, resultando en su actual custodia. La petición de certiorari alega específicamente que el TPI erró al denegar la solicitud de reducción de pena. El Tribunal de Apelaciones está evaluando la petición conforme a sus criterios establecidos para la revisión discrecional mediante certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL III | ||
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| El Pueblo de Puerto Rico Recurrido vs. Enrique Torres David Peticionario | KLCE202001008 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aibonito Crim. Núm.: BVI2016G0014 Sobre: Inf. Art. 109/Agresión Grave |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, el Juez Rivera Colón y el Juez Adames Soto. Rivera Colón, Juez Ponente |
En San Juan, Puerto Rico...
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