Partes:
CONS DE TIT DEL COND JARDIN SERENO V. TRIPLE S PROPIEDAD, INC.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202001002
Año:
2021
Fecha:
26 de febrero de 2021
Una sentencia judicial revisa la negativa de un foro primario a referir un caso de reclamación de seguros por daños del huracán María al procedimiento de valoración ("appraisal") de la Ley Núm. 242-2018. La parte peticionaria, compuesta por el Consejo de Titulares de un condominio y otras entidades, demandó a la aseguradora Triple-S Propiedad, Inc. por incumplimiento de contrato y dolo. Solicitaron que el caso fuera referido al procedimiento de "appraisal" establecido por la Ley 242-2018, argumentando su aplicación retroactiva a las reclamaciones de Irma y María. Fundamentaron su postura en el historial legislativo y una carta normativa de la Oficina del Comisionado de Seguros. La aseguradora se opuso, sosteniendo que la ley es prospectiva según su texto y que una aplicación retroactiva sería inconstitucional por menoscabar contratos. El foro primario denegó el referido, concluyendo que la Ley 242-2018 entró en vigor después de los hechos y tiene aplicación prospectiva. La parte peticionaria recurre esta decisión, buscando la revocación del dictamen que impidió el uso del mecanismo de "appraisal" para resolver la disputa sobre el valor de los daños. El panel judicial evalúa la procedencia de este recurso y la correcta interpretación de la Ley 242-2018 respecto a su temporalidad.
Panel integrado por su presidente el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Adames Soto.
Flores García, Juez Ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 26 de febrero de 2021.
Comparece la parte peticionaria, compuesta por el Consejo de Titulares del Condominio Jardín Sereno (asegurado), Attenure Holdings Trust 11 (Attenure) y HHR Property Holdings LLC, y solicita la revocación de cierta resolución emitida por el foro de primera instancia en este caso. Por medio del dictamen recurrido, el foro primario concluyó que no procedía referir el caso al pr...
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