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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202000971

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. IRIZARRY HERNANDEZ, IVELISSE

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. IRIZARRY HERNANDEZ, IVELISSE

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202000971

Año:

2020

Fecha:

16 de octubre de 2020

Resumen

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una Resolución en el caso KLCE202000971. La peticionaria, Ivelisse Irizarry Hernández, solicitó la modificación de una sentencia de seis años por infracción a la Ley de Armas. También expresó inconformidad con una determinación previa del Tribunal de Primera Instancia. La peticionaria argumentó haber cumplido con programas de rehabilitación como base para la rebaja de sentencia. El Tribunal de Apelaciones desestimó el auto de certiorari presentado. La desestimación se fundamentó en el incumplimiento de los requisitos procesales para perfeccionar el recurso. Específicamente, la peticionaria no incluyó en su apéndice copia de la determinación recurrida ni de la sentencia cuya modificación solicitaba. El Tribunal recordó que la falta de estos documentos obligatorios, según la Regla 34(E) del Reglamento, impide el cabal ejercicio de la función revisora. Este incumplimiento resulta en la inadecuación del recurso y la falta de jurisdicción del foro apelativo para atender los méritos del caso. La resolución enfatiza la obligación de cumplir con las reglas procesales, incluso para quienes comparecen por derecho propio.

Contenido del Caso

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V
EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrido
v.
IVELISSE IRIZARRY HERNÁNDEZ
Peticionaria
KLCE202000971Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina
Sobre:
Rebaja de Sentencia
Caso Número:
FLA2018G0065

Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Domínguez Irizarry y la Jueza Rivera Marchand

Domínguez Irizarry, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 16 de octubre de 2020. La parte peti...

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