Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. ROMAN GARCIA, CARLOS A
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000877
Año:
2020
Fecha:
29 de septiembre de 2020
El Tribunal de Apelaciones considera una Petición de Certiorari presentada por Carlos Alberto Román García. El peticionario impugna una determinación del Tribunal de Primera Instancia de Aguadilla. Dicha determinación desestimó por tardía una Moción de Supresión de Confesión o Admisión. El TPI indicó que el planteamiento podría exponerse durante el juicio. El peticionario solicitó reconsideración, citando jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo, pero el TPI declaró "No Ha Lugar" la solicitud. Ante esto, el señor Román García acudió al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. El Tribunal de Apelaciones revisa la solicitud, recordando que el certiorari es un remedio discrecional. Se mencionan los criterios reglamentarios que guían la expedición del auto. Para un despacho eficiente, el Tribunal prescinde de la comparecencia del Ministerio Público.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I | ||
|---|---|---|
| El Pueblo de Puerto RICO Recurrido | KLCE202000877 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla |
| v. | Casos Núm. A BD2019G0081 A LA2019G0126 A LA2019G0059 A DC2019M0022 | |
| Carlos Alberto Román GARCIA Peticionario | Sobre: Art. 189 CP Art. 5.15 LA Art. 5.04 LA Art. 177 CP |
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Candelaria Rosa, y el Ju...
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