Partes:
ROSARIO COLON, CESAR OSCAR V. HOSPITAL MANATI MEDICAL CENTER
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000873
Año:
2021
Fecha:
28 de enero de 2021
El Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto de certiorari presentado por César O. Rosario Colón y otros. Los peticionarios buscaban la revocación de una determinación del Tribunal de Primera Instancia de Arecibo en un caso de daños y perjuicios por impericia médica. La decisión recurrida impuso sanciones a los abogados de los demandados por incumplimiento en la entrega de informes periciales. No obstante, el TPI concedió a los demandados 30 días adicionales para rendir dichos informes, bajo apercibimiento de eliminar a sus peritos. También otorgó 60 días para tomar deposiciones, fijó una fecha límite para el descubrimiento de prueba y dejó sin efecto el juicio señalado. Los peticionarios alegaron que el TPI abusó de su discreción al conceder la extensión de término a los demandados, quienes habían incumplido el plazo original sin justa causa. Tras examinar el trámite procesal, el Tribunal de Apelaciones resolvió denegar la solicitud de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL III | ||
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| CÉSAR O. ROSARIO COLÓN ET AL. Peticionarios v. MANATÍ MEDICAL CENTER ET AL. Recurridos | KLCE202000873 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo Civil Núm. MT2018CV00150 (401) Sobre: DAÑOS Y PERJUICIOS, IMPERICIA MÉDICA |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, el Juez Rivera Colón y el Juez Adames Soto Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente | ||
| RESOLUCIÓN | ||
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