Partes:
CONSEJO DE TIT DEL CONDOMINIO VIZCAYA V. MAPFRE PRAICO INSURANCE COMPANY
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000838
Año:
2020
Fecha:
7 de diciembre de 2020
Un panel judicial consideró una solicitud de auto de certiorari presentada por MAPFRE PRAICO Insurance Company. MAPFRE buscaba la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su moción de desestimación y sentencia sumaria. La demanda original fue presentada por el Consejo de Titulares del Condominio Vizcaya, Attenure Holdings Trust 2 y HRH Property Holdings LLC contra MAPFRE por daños sufridos tras el Huracán María. El Consejo de Titulares alegó incumplimiento de contrato por parte de la aseguradora al no reconocer el alcance total de los daños. MAPFRE argumentó que la demanda debía desestimarse porque el Consejo de Titulares cedió un interés en la reclamación a Attenure y HRH sin su consentimiento, lo cual, según MAPFRE, violaba la póliza y hacía la cesión inválida. El TPI denegó la moción de MAPFRE, resolviendo que la cláusula de no transferencia de la póliza no prohibía la cesión de una reclamación post-pérdida, solo la transferencia de derechos y deberes bajo la póliza misma. El TPI también determinó que la cesión no afectaba el valor del reclamo ni contravenía la Ley de Condominios. Tras considerar los escritos y documentos, el panel denegó la expedición del auto de certiorari solicitado.
Panel integrado por su presidenta, la Juez Cintrón Cintrón, el Juez Rodriguez Casillas y el Juez Rivera Torres.
Rodríguez Casillas, juez ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 7 de diciembre de 2020. Comparece ante nos MAPFRE PRAICO Insurance Company (en adelante, MAPFRE o peticionario) solicitando que revisemos la Resolución emitida el 20 de marzo de $2020^{1}$ por el Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Carolina (en adelante, TPI). Allí, se denegó la solicitud de desestimación y moción de sentencia sumaria presentada por la peticionaria.
Considerados los escritos d...
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