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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202000721

CUETO BERNARDO, FRANCISCO V. RUBEN LEON, FELIX RUBEN

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

CUETO BERNARDO, FRANCISCO V. RUBEN LEON, FELIX RUBEN

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202000721

Año:

2020

Fecha:

30 de septiembre de 2020

Resumen

Un panel judicial resuelve una petición de certiorari presentada por el señor Francisco Cueto Bernardo. La petición busca revocar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó las mociones de sentencia sumaria de ambas partes en un pleito de cobro de dinero e incumplimiento de contrato. El caso se origina de un contrato de arrendamiento con opción a compraventa sobre un espacio comercial, otorgado por el peticionario (arrendador) y los recurridos (arrendatarios) por un término de 10 años. El arrendador demandó a los arrendatarios alegando que estos dejaron de pagar el canon mensual y entregaron las llaves del local en enero de 2020, antes de la expiración del contrato. El demandante reclamó la aceleración y pago de los cánones restantes por un total de $838,000.00. Los demandados admitieron haber dejado de pagar y entregar las llaves, pero negaron el incumplimiento, planteando defensas como la inexistencia de cláusula de aceleración, la presencia de una cláusula penal, la falta de mitigación de daños y la imposibilidad sobrevenida por pérdidas del negocio. Tras evaluar el recurso, el panel deniega la expedición del certiorari solicitado por el señor Cueto Bernardo.

Contenido del Caso

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, el Juez Rivera Colón y el Juez Adames Soto

Adames Soto, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2020. Comparece ante nosotros el señor Francisco Cueto Bernardo (Sr. Cueto Bernardo o el demandante-peticionario) mediante recurso de certiorari y solicita que revoquemos una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI), el 13 de agosto de 2020. Mediante el referido dictamen, el foro primario denegó las mociones de sentencia sumaria presentadas, tanto p...

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