Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. CANDELARIA MONSERRATE, ALEXIS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000718
Año:
2020
Fecha:
17 de noviembre de 2020
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari instada por Alexis Candelaria Monserrate. El peticionario impugnaba una decisión del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de modificación de sentencia. Candelaria Monserrate fue sentenciado a 17 años de prisión por delitos de agresión grave, asesinato atenuado e infracción a la Ley de Armas, con penas consecutivas. Alegaba que la pena por agresión grave excedía el máximo para un delito de cuarto grado, argumentando que fue convicto de ese grado. También sostenía que aplicaban los principios de favorabilidad y concurso de delitos, por lo que la agresión grave debía ser absorbida por el asesinato atenuado. El Tribunal de Apelaciones constató que el peticionario fue convicto de agresión grave de tercer grado, no de cuarto. Además, determinó que los principios de favorabilidad y concurso de delitos invocados no eran aplicables a los hechos del caso por su fecha. Tras evaluar los argumentos, el Tribunal concluyó que el foro primario no cometió error que justificara su intervención. Por tanto, denegó la expedición del auto de certiorari.
EL PUEBLO DE PUERTO RICO,
Recurrida, v.
ALEXIS CANDELARIA MONSERRATE,
Peticionaria.
KLCE202000718
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo.
Crim. núm.: C VI2012G0006 y C VI2012G0007; C LA2012G-60.
Sobre: tentativa asesinato; infracción Art. 108 CP; infracción Art. 5.06 Ley de Armas.
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró.
Romero García, jueza ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 17 de nov...
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