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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202000639

CONS DE TIT DEL COND VISTAS DE LA VEGA V. MAPFRE PRAICO INSURANCE CO.

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

CONS DE TIT DEL COND VISTAS DE LA VEGA V. MAPFRE PRAICO INSURANCE CO.

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202000639

Año:

2020

Fecha:

29 de septiembre de 2020

Resumen

Una resolución de un panel judicial revisa una petición de certiorari presentada por MAPFRE Praico Insurance Company. MAPFRE impugna decisiones del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegaron su moción de desestimación parcial. La demanda original fue presentada por el Consejo de Titulares del Condominio Vistas de la Vega contra MAPFRE por incumplimiento de contrato y daños bajo la Ley 247 de 2018, tras alegados daños por huracanes y un pago insuficiente de la reclamación. MAPFRE argumentó ante el TPI que la Ley 247-2018 no aplicaba retroactivamente a los hechos y que las reclamaciones bajo dicha ley no podían acumularse con las de incumplimiento de contrato. El TPI declaró No Ha Lugar la moción de desestimación parcial y la reconsideración. MAPFRE acudió al panel judicial señalando como error la negativa del TPI a desestimar las causas de acción bajo la Ley 247-2018 por su carácter prospectivo y la imposibilidad de acumularlas con la acción de incumplimiento de contrato. El Consejo de Titulares se opuso a la expedición del auto, defendiendo la decisión del TPI. Tras examinar los escritos y el derecho aplicable, el panel judicial resuelve denegar el auto solicitado por MAPFRE. Esto implica que la decisión del TPI de no desestimar las reclamaciones bajo la Ley 247-2018 se mantiene.

Contenido del Caso

Panel integrado por su presidente, la Juez Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres.

Rodríguez Casillas, juez ponente

RESOLUCION

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de septiembre de 2020. Comparece MAPFRE Praico Insurance Company (MAPFRE o peticionario) y acude ante nos para que revoquemos la Resolución emitida el 21 de mayo de $2020^{1}$ por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala Superior de Bayamón. Allí, el TPI declaró No Ha Lugar la moción de Desestimación Parcial presentada por MAPFRE. Insatisfecho, MAPFRE presentó moción de reconsideración, pero el TPI...

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