Partes:
MUÑOZ BARRIENTOS, JONATHAN V. JIMENEZ RAMOS, JOSE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000609
Año:
2020
Fecha:
21 de agosto de 2020
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución en un recurso de certiorari presentado por una abogada. La abogada solicitó la revisión de una determinación del Tribunal de Primera Instancia que denegó su relevo como abogada de oficio en un caso de daños y perjuicios. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud inicial y posteriormente la reconsideración. La abogada recurrió en certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Al examinar el tracto procesal, el Tribunal de Apelaciones advierte que el recurso fue presentado fuera del término establecido por el Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio. Dicho reglamento dispone un término de cinco días para presentar el certiorari tras la notificación de la resolución. Aunque una resolución del Tribunal Supremo extendió los términos procesales hasta el 15 de julio de 2020 debido a la pandemia de COVID-19, el certiorari fue presentado el 31 de julio de 2020. Al ser presentado tardíamente y sin justificación, el Tribunal de Apelaciones carece de jurisdicción para intervenir. Por consiguiente, el Tribunal desestima el recurso de certiorari.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII | ||
|---|---|---|
| Lcda. PATRICIA ANNETTE CASTAING LESPIER | KLCE202000609 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama |
| Peticionaria | ||
| Ex Parte | Civil Núm.: GM2019CV01038 Daños y Perjuicios | |
| Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres. | ||
| Cintrón Cintrón, Jueza Ponente | ||
| RESOLUCIÓN | ||
| En San Juan, Puerto Rico, a 21 de agosto de 2020. | ||
| Compareció ante es... |
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