Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. BONILLA SALGADO, LINO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000604
Año:
2020
Fecha:
6 de agosto de 2020
El Tribunal de Apelaciones deniega una petición de certiorari presentada por Lino Bonilla Salgado en un proceso penal pendiente de vista preliminar. El peticionario había solicitado en el Tribunal de Primera Instancia (TPI) la desestimación de una denuncia por apropiación ilegal de identidad, alegando que, según el principio de especialidad, debía aplicarse una ley especial sobre la práctica ilegal de la ingeniería. El TPI denegó la moción de desestimación y una reconsideración posterior. El peticionario recurrió entonces al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. El Tribunal de Apelaciones, ejerciendo su discreción bajo la Regla 40 de su reglamento, concluye que la etapa procesal actual no es la más adecuada para intervenir. La vista preliminar está próxima a celebrarse y una interrupción no es aconsejable sin circunstancias extraordinarias. El tribunal señala que el peticionario podrá plantear nuevamente su argumento si es acusado tras la vista preliminar. Por estas razones, el Tribunal de Apelaciones declina intervenir con la determinación del TPI.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I | ||
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| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. LINO BONILLA SALGADO Peticionario | KLCE202000604 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Criminal núm.: E1VP201902099 al E1VP201902108 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Candelaria Rosa y el Juez Pagán Ocasio.
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