Partes:
TOLEDO DAVILA, ANA L V. POL MALDONADO, FELIX M
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000570
Año:
2020
Fecha:
18 de agosto de 2020
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución en un caso de certiorari originado en un pleito de divorcio. La peticionaria impugna una orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que dispuso el depósito de $17,000 de pensión alimentaria adeudada en una cuenta para el hijo de las partes, quien ya es mayor de edad. Tras la orden inicial del TPI en marzo de 2020, la peticionaria solicitó reconsideración. El TPI denegó la reconsideración mediante una orden notificada en junio de 2020. La peticionaria presentó su petición de certiorari ante el foro apelativo en julio de 2020. El recurrido ha presentado una moción solicitando la desestimación del caso por falta de jurisdicción. Alega que la petición de certiorari fue radicada fuera del término de treinta días establecido por ley y reglamento. La resolución detalla las normas que rigen la jurisdicción del Tribunal de Apelaciones para revisar órdenes del TPI mediante certiorari discrecional y el carácter estricto del término de treinta días.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I | ||
|---|---|---|
| Ana L. Toledo Dávila Peticionaria | KLCE202000570 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan |
| v. | ||
| Félix M. Pol Maldonado Recurrido | Caso Núm. K DI2010-0157 Sobre: Divorcio |
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Candelaria Rosa, y el Juez Pagán Ocasio
Pagán Ocasio, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 18 de agosto de 2020.
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