Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. ARROYO GONZALEZ, LUIS M
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000557
Año:
2020
Fecha:
29 de octubre de 2020
El Tribunal de Apelaciones desestima un recurso de certiorari presentado por Luis M. Arroyo González. El peticionario solicitaba la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción para reducir su sentencia. Arroyo González argumentaba que las penas duplicadas por infracciones a la Ley de Armas de 2000 debían ser eliminadas tras la derogación del artículo que permitía dicha duplicidad en la nueva ley de 2020. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones determinó que carecía de jurisdicción para atender el recurso. La desestimación se fundamenta en que el peticionario no cumplió con los requisitos procesales, específicamente la Regla 34(E) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. El incumplimiento consistió en no incluir los documentos necesarios en el apéndice del recurso, impidiendo al tribunal evaluar adecuadamente la controversia. El tribunal reitera su deber de examinar la jurisdicción como primer aspecto en todo caso.
EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrida v.
LUIS M. ARROYO GONZÁLEZ Peticionario
| Certiorari | |
|---|---|
| procedente del | |
| Tribunal de Primera | |
| Instancia, Sala | |
| Superior de San Juan | |
| Caso Núm.: | |
| K LA2004G0969 | |
| Sobre: | |
| A5.15 Disparar o | |
| Apuntar Armas |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Colom García, el Juez Ramos Torres y la Jueza Soroeta Kodesh.
Ramos Torres, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 29 de octubre de 2020. Comparece ante este Tribunal de Apelaciones e...
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