Partes:
MARTINO VIERA, ROSARIO V. URGILES, ISAAC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000509
Año:
2020
Fecha:
18 de agosto de 2020
Una petición de certiorari fue presentada ante el Tribunal de Apelaciones por Isacc Urgiles y otros, buscando la revisión de varias determinaciones del Tribunal de Primera Instancia de Carolina en un caso de daños y perjuicios. Los peticionarios impugnan una Sentencia Parcial que desestimó la demanda contra un co-demandado y anotó su rebeldía, una Orden que dio por finalizado el descubrimiento de prueba, y una sanción económica de $600.00. Alegan que el foro primario denegó múltiples mociones de reconsideración presentadas contra estas resoluciones. El Tribunal de Apelaciones emitió una resolución requiriendo a la parte recurrida mostrar causa por la cual no debía expedirse el auto. La recurrida se opuso a la expedición, argumentando que los peticionarios incumplieron con las normas procesales al omitir documentos esenciales y que su conducta en el TPI fue dilatoria e incumplidora. La presente resolución detalla estos antecedentes procesales y se dispone a analizar las normas jurídicas que rigen el recurso de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I | ||
|---|---|---|
| Rosario Marino Viera Recurrida | KLCE202000509 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina |
| isAAC URGILES Y OTROS | Caso Núm. F DP2017-0203 | |
| Peticionario | Sobre: Daños y perjuicios |
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Candelaria Rosa, y el Juez Pagán Ocasio
Pagán Ocasio, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 18 de agosto de 2020.
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