Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. TORRES SANTIAGO, EMILIO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000320
Año:
2020
Fecha:
27 de agosto de 2020
Un peticionario bajo custodia del Departamento de Corrección, Emilio Torres Santiago, presentó un escrito solicitando la aplicación retroactiva de la norma jurídica que exige veredictos unánimes. El señor Torres Santiago cumple una sentencia de 99 años desde 1988 por asesinato en primer grado y conspiración. Alega que fue sentenciado siendo menor de edad y que su sentencia no es final y firme, lo que justificaría la aplicación retroactiva de la nueva norma. Presentó su solicitud en forma pauperis, la cual fue autorizada por el tribunal. La Oficina del Procurador General, en representación de Corrección, solicitó la desestimación del recurso. El tribunal evaluó el escrito del peticionario y la solicitud de desestimación. La resolución explica que el certiorari es un recurso extraordinario y discrecional para revisar decisiones. Tras el análisis, el panel resolvió denegar la expedición del auto de certiorari solicitado por el peticionario.
Panel integrado por su presidenta, la jueza Birriel Cardona, el juez Bonilla Ortiz y la Jueza Cortés González
Cortés González, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de agosto de 2020. El señor Emilio Torres Santiago (señor Torres Santiago o el peticionario), recurre a esta corte intermedia, en forma pauperis y por derecho propio, a través de un escrito que titula Aveás Courpos. Invoca, en esencia, la aplicación retroactiva de la nueva norma jurídica de que todo veredicto sea alcanzado por unanimidad.
El peticionario, quien se encuentra bajo la custodia del Departamen...
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