Partes:
VS MOYA BARBOSA, BRENDA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000264
Año:
2020
Fecha:
30 de junio de 2020
El Tribunal de Apelaciones emite una Resolución en el recurso de Certiorari presentado por Brenda Ivelisse Moya Barbosa. La recurrente solicita la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia notificada el 29 de enero de 2020. El Tribunal enfatiza su deber de velar por la jurisdicción y la estricta observancia de los términos procesales. Conforme a la Regla 32(D) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, el recurso de certiorari en casos criminales debe presentarse dentro de los treinta días siguientes a la notificación. Dicho término es de cumplimiento estricto y solo puede eximirse por justa causa debidamente acreditada. El recurso de epígrafe fue presentado en la institución carcelaria el 3 de marzo de 2020. Dado que la presentación ocurrió fuera del término de treinta días establecido, el Tribunal carece de jurisdicción. Por consiguiente, se desestima el recurso de Certiorari por presentación tardía.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO | KLCE202000264 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez |
| VS. | Crim. Núm.: ISCR201301798, otros | |
| BRENDA IVELISSE MOYA BARBOSA | Sobre: Art. 189, otros | |
| Panel integrado por su presidenta la Jueza Cíntrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres. | ||
| Rivera Torres, Juez Ponente | ||
| RESOLUCIÓN | ||
| En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2020. | ||
| Comparece ante e... |
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito