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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202000217

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RONDON COTTO, JOSE JUAN

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RONDON COTTO, JOSE JUAN

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202000217

Año:

2020

Fecha:

26 de junio de 2020

Resumen

El Sr. José Juan Rondón Cotto solicitó la revisión de una sentencia de convicción por alegación de culpabilidad, dictada en marzo de 2017 por violación al Art. 130(f) del Código Penal. Presentó una Moción al Amparo de la Regla 185(a) ante el Tribunal de Primera Instancia (TPI) en octubre de 2019. El TPI denegó su solicitud mediante una Orden notificada el 12 de diciembre de 2019. Inconforme, el peticionario presentó una Petición de Certiorari ante este tribunal el 28 de febrero de 2020. Las Reglas de Procedimiento Criminal y el Reglamento del Tribunal de Apelaciones establecen un término jurisdiccional de 30 días para presentar un recurso de certiorari contra una sentencia por alegación de culpabilidad. Este término comienza a correr desde la fecha de notificación del dictamen recurrido. La Petición de Certiorari fue presentada más de 30 días después de la notificación de la Orden del TPI. La falta de presentación dentro del término jurisdiccional impide a este tribunal asumir competencia. Por consiguiente, el recurso se desestima por falta de jurisdicción debido a su presentación tardía.

Contenido del Caso

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Salgado Schwarz

Figueroa Cabán, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de junio de 2020. Comparece por derecho propio el Sr. José Juan Rondón Cotto, en adelante el señor Rondón o el peticionario, y solicita que revoquemos una Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, en adelante TPI. Mediante el dictamen recurrido se declaró no ha lugar una solicitud de revisión de una sentencia de convicción por alegación de culpabilidad al amparo de la Regla 185

(a) de...

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