Partes:
APONTE COLON, MARICARMEN Y V. EX-PARTE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000196
Año:
2020
Fecha:
23 de junio de 2020
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una sentencia denegando un recurso de certiorari presentado por Javier Rodríguez Domínguez. El recurso buscaba la revisión de una determinación del Tribunal de Primera Instancia. Dicha determinación denegó una moción de desacato presentada por el señor Rodríguez contra Maricarmen Aponte Colón. El señor Rodríguez alegaba que la señora Aponte incurrió en desacato al permanecer con la hija menor de las partes en Orlando, Florida. El Tribunal de Primera Instancia entendió que, bajo las circunstancias particulares del caso, la señora Aponte no cometió desacato. El caso de origen es un divorcio que involucra la custodia y una solicitud de relocalización de la menor a Florida por parte de la madre. Informes sociales habían recomendado favorablemente la relocalización, aunque el padre la impugnaba. Tras examinar los alegatos y el expediente, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari. Esta decisión confirma la determinación del foro primario de no encontrar a la madre en desacato.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL III MARICARMEN APONTE COLÓN JAVIER RODRÍGUEZ DOMÍNGUEZ
Peticionarios EX PARTE
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan
Caso Núm. K DI2008-1956 (704)
Sobre: DIVORCIO (C.M.)
Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, el Juez Rivera Colón y el Juez Adames Soto
Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de junio de 2020. El señor Javier Rodríguez Domínguez nos presenta un recurso de certiorari ¹. Solicita la revisión ...
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