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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202000177

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RIVERA DIAZ, MIGUEL A

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RIVERA DIAZ, MIGUEL A

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202000177

Año:

2020

Fecha:

5 de marzo de 2020

Resumen

Miguel A. Rivera Díaz solicitó al Tribunal de Apelaciones revisar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia de Arecibo. Dicha resolución denegó su petición para declarar nula su sentencia por la alegada ausencia de un informe presentencia. El Tribunal de Primera Instancia había dictado sentencia tras una alegación de culpabilidad en 2008. En 2020, Rivera Díaz solicitó el informe presentencia, pero el TPI lo denegó indicando que no existía debido a un preacuerdo para una sentencia de cárcel. Inconforme, el señor Rivera acudió en certiorari al Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones consideró la solicitud de revisión. Tras evaluar el recurso, el Tribunal de Apelaciones resolvió denegar la expedición del auto de certiorari. El documento explica brevemente el carácter discrecional del recurso de certiorari y los criterios que rigen su concesión.

Contenido del Caso

Estado Libre Asociado de Puerto Rico
TRIBUNAL DE APELACIONES
PANEL II
EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrido
Vs.
MIGUEL A. RIVERA DÍAZ
Peticionario
KLCE202000177Certiorari
procedente del
Tribunal de
Primera
Instancia, Sala
Superior de
Arecibo
Caso Núm.:
CIS2008G0002
Sobre:
Art. 142 (C) CP
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró Méndez Miró, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 5 de...

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