Partes:
ALDARONDO & LOPEZ BRAS, P.S.C. V. MUNICIPIO DE ARECIBO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000157
Año:
2020
Fecha:
30 de junio de 2020
El Tribunal de Apelaciones denegó la solicitud de certiorari presentada por el Municipio de Arecibo. El Municipio buscaba revisar una resolución del Tribunal de Primera Instancia que le ordenaba depositar $205,577.13 adeudados a Aldarondo & López Bras, P.S.C. El caso se originó por una demanda de cobro de dinero por servicios legales impagados desde 2013. En 2014, el Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia a favor de Aldarondo & López Bras por más de $288,000, tras el allanamiento del Municipio. El Municipio realizó solo un pago parcial y alegó que la Ley Núm. 66-2014 le permitía aplazar pagos por falta de fondos. El Tribunal de Primera Instancia rechazó este argumento, determinando que el Municipio incumplió con los requisitos de certificación de insuficiencia de fondos bajo dicha ley para varios años fiscales. Ante el incumplimiento continuo, el Tribunal de Primera Instancia ordenó al Municipio consignar la deuda bajo pena de desacato. La denegatoria del certiorari por el Tribunal de Apelaciones confirma la validez de la orden del Tribunal de Primera Instancia. La resolución del Tribunal de Apelaciones también deja sin efecto la paralización del proceso.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II | ||
|---|---|---|
| Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo Caso Núm.: CCD2013-0199 (402) Sobre: Cobro de Dinero | ||
| ALDARONDO & LÓPEZ BRAS, PSC Recurrido Vs. MUNICIPIO DE ARECIBO ET AL Peticionarios | KLCE202000157 |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró Méndez Miró, Juez Ponente
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito