Partes:
CASTRO SOTO, JORGE ALFREDO V. CHINEA, HILDA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000110
Año:
2020
Fecha:
21 de febrero de 2020
El Consejo de Titulares del Condominio de Villas de Punta Guilarte Resort, representado por Wilfredo Martínez, presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Solicitó la revisión de resoluciones del Tribunal de Primera Instancia que denegaron su moción de desestimación por falta de jurisdicción. El Peticionario argumentó que el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) era el foro competente para dilucidar la controversia sobre acuerdos de asambleas. La disputa original surgió de una demanda de injunction contra alegados exmiembros de la Junta Directiva por convocar una asamblea extraordinaria. La representación del Consejo en el pleito fue cuestionada por otra facción, liderada por José A. Guzmán, quien alegó ser el presidente electo tras una asamblea posterior. El Peticionario también solicitó la descalificación de la representación legal de la parte demandada. El Tribunal de Primera Instancia había dejado sin efecto acuerdos de asambleas previas y decidió continuar con el caso. El Tribunal de Apelaciones evaluó la solicitud de certiorari. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones DENEGÓ expedir el auto de certiorari. También declaró No Ha Lugar la moción de auxilio de jurisdicción presentada por el Peticionario.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IX | ||
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| CONSEJO DE TITULARES DEL CONDOMINIO DE VILLAS DE PUNTA GUILARTE RESORT, representada por su presidente, Sr. Wilfredo Martínez Peticionarios v. HILDA CHINEA; JOSÉ A. GUZMÁN; JOSÉ A. MELÉNDEZ, JORGE PÉREZ & FULANO DE TAL Recurrido | KLCE202000110 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Guayama Civil Núm.: PO2019CV03946 Sobre: Falta de Jurisdicción sobre... |
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