Partes:
ANDUJAR FIGUEROA, DAVID V. SUPERINTENDENTE CORRECCIONAL DE PONCE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000093
Año:
2020
Fecha:
29 de enero de 2020
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari instada por David Andújar Figueroa. El peticionario solicitó la revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su petición de habeas corpus. El Tribunal de Apelaciones examinó la solicitud y concluyó que no existían motivos para ejercer su función revisora, denegando la expedición del auto de certiorari. Se recordó que el certiorari es un recurso extraordinario y discrecional. La controversia principal giraba en torno al cómputo del término de detención preventiva de seis meses. Se detalló que un primer proceso criminal fue desestimado el 23 de septiembre de 2019. Ese mismo día, el Ministerio Público inició un nuevo proceso con una nueva denuncia. Conforme a la jurisprudencia, el inicio de un nuevo proceso penal reinicia el término de seis meses para la detención. Por lo tanto, el derecho constitucional del peticionario a no estar detenido por más de seis meses comenzó a transcurrir a partir de la nueva orden de arresto del 23 de septiembre de 2019. El Tribunal de Apelaciones no encontró abuso de discreción o error en la decisión del foro primario.
EL PUEBLO DE PUERTO RICO, Recurrida, v.
DAVID ANDÚJAR FIGUEROA,
Peticionaria.
procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama.
Crim. núm.: G MI20190180. Sobre: habeas corpus.
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró.
Romero García, jueza ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de enero de 2020. La parte peticionaria, David Andújar Figueroa (Sr. Andújar), instó el presente recurso de certiorari e...
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