Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. AVILES ALERS, JONATHAN
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000061
Año:
2020
Fecha:
24 de enero de 2020
Jonathan Avilés Alers presentó una Petición de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones para revisar una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de desestimación bajo la Regla 64(p) de Procedimiento Criminal. El peticionario alegó que la prueba presentada en la vista preliminar fue insuficiente para sostener las acusaciones. El Tribunal de Apelaciones concedió inicialmente una paralización de los procedimientos en el foro primario. El Pueblo de Puerto Rico solicitó la desparalización y la desestimación del recurso por falta de jurisdicción. El Pueblo informó que el peticionario había presentado una moción de reconsideración en el Tribunal de Primera Instancia antes de acudir en certiorari. El Tribunal de Apelaciones enfatiza su deber de verificar la jurisdicción antes de considerar los méritos de un caso. La Resolución concluye que la desestimación solicitada por falta de jurisdicción es procedente en derecho. El análisis se limita a los hechos procesales relevantes para la determinación jurisdiccional.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES Panel X | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido | KLCE202000061 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla |
| v. | Caso Núm. AVI2019G0010-0014 ALA2019G0067-0073 | |
| JONATHAN AVILÉS ALERS Peticionario | Sobre: INFR. ART. 93 CP (2); TENT, ART, 93 CP (3); ART. 5.15 LA (5); ART. 5.04 LA (2) |
Panel integrado por su presidenta, la juez Birriel Cardona, el juez Bonilla Ortiz y la j...
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