Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. ACEVEDO GARCIA, MAYRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000048
Año:
2020
Fecha:
24 de agosto de 2020
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari presentada por Mayra Acevedo García. La peticionaria solicitó revocar una decisión del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de supresión de evidencia. La evidencia fue ocupada durante una inspección en un apartamento de vivienda pública donde la señora Acevedo se encontraba, aunque no era la arrendataria autorizada. La inspección fue realizada por un funcionario del Departamento de Vivienda acompañado por agentes de la policía, motivada por una confidencia y la sospecha generada al notar luces encendidas en el apartamento de una arrendataria ausente. Al abrir la puerta, percibieron olor a marihuana. Según las determinaciones del TPI, la señora Acevedo accedió a la inspección, durante la cual se encontró un bulto con sustancias controladas en un armario. La peticionaria argumentó que el registro fue ilegal al no contar con una orden judicial. El Tribunal de Primera Instancia denegó la supresión. Tras examinar el recurso y las comparecencias, el Tribunal de Apelaciones denegó el auto de certiorari solicitado.
| EL PUEBLO DE | Certiorari | |
|---|---|---|
| PUERTO RICO | Procedente del Tribunal de Primera | |
| Recurrido | KLCE202000048 | Instancia, Sala Superior de Aguadilla |
| V. | Sobre: Inf. 196; Inf. Art. 6.01 LA; Inf. Art. 412 SC; Inf. Art. 401 | |
| MAYRA ACEVEDO GARCÍA | SC | |
| Peticionaria | Caso Núm.: A SC2019G0081; A SC2019G0087; A SC2019G0088; A BD2019G0034; A LA2019G0026 |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Jue...
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