LeyesCasosReglamentosÓrdenes EjecutivasBúsqueda

© 2026 CodeXpr. All rights reserved.

Terms of UseSupport

Powered by NeoInertia

CodeXpr
Beta v0.7
BuscarStudio | Chat¿Cómo Funciona?Acerca de
Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE202000043

CIDRA EXCAVATION, LLC. V. GOBIERNO MUNICIPAL AUTONOMO DE CAROLINA

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

CIDRA EXCAVATION, LLC. V. GOBIERNO MUNICIPAL AUTONOMO DE CAROLINA

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE202000043

Año:

2020

Fecha:

25 de febrero de 2020

Resumen

El Tribunal de Apelaciones emite una Resolución denegando la expedición de un auto de certiorari solicitado por Cidra Excavation, LLC. Cidra Excavation recurrió la decisión del Tribunal de Primera Instancia que declaró No Ha Lugar su Solicitud de Sentencia Sumaria. El litigio original entre Cidra Excavation y el Municipio Autónomo de Carolina versa sobre incumplimiento de contrato y cobro de dinero por obras públicas. El Municipio alegó la nulidad de los contratos por la supuesta falta de divulgación de una condena por soborno de un socio anterior de Cidra Excavation. Cidra Excavation buscaba mediante sentencia sumaria validar los contratos y su capacidad para contratar. El foro primario denegó la solicitud, entendiendo que existía una controversia fáctica sobre la renuncia del socio que requería un juicio plenario. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar los argumentos, determinó no expedir el recurso solicitado.

Contenido del Caso

Estado Libre Asociado de Puerto Rico
TRIBUNAL DE APELACIONES
Panel X
CIDRA EXCAVATION, LLC,
ANTERIORMENTE
CONOCIDA Y/O
REGISTRADA COMO CIDRA
EXCAVATION, S.E.
Demandantes-Peticionario
v.
GOBIERNO MUNICIPAL
AUTONOMO DE CAROLINA
T/C/C MUNICIPIO
AUTONOMO DE CAROLINA
T/C/C MUNICIPIO DE
CAROLINA
Demandado-Recurrido
KLCE202000043CERTIORARI
procedente del
Tribunal de
Primera Instancia,
Sala Superior de
San Juan
Civil Núm.
F CD2017-0820
Sobre:
I...
Page 1

Crea una Cuenta Gratis

Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.

Sin tarjeta de crédito