Partes:
CORREA MERCADO, CAROLINE VS CENTRO SOR ISOLINA FERRE, INC.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000042
Año:
2020
Fecha:
23 de enero de 2020
El Tribunal de Apelaciones revisa una petición de certiorari en un caso de incumplimiento de contrato, donde la peticionaria impugna una decisión del Tribunal de Primera Instancia que autorizó reabrir el descubrimiento de prueba y ordenó un examen mental. Al examinar el recurso, el Tribunal de Apelaciones advirtió que la decisión recurrida fue notificada sin la firma del juez que la emitió. Se determinó que la firma del juez no es un mero formalismo, sino un requisito esencial para la autenticidad y efectividad de las resoluciones judiciales. La ausencia de la firma hizo que la notificación fuera ineficaz para activar el término apelativo. Consecuentemente, el recurso de certiorari fue presentado prematuramente. La prematuridad constituye una falta de jurisdicción para el tribunal apelativo. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones desestima el recurso de certiorari por falta de jurisdicción. La decisión del Tribunal de Primera Instancia solo será efectiva y recurrible una vez que el juez la firme y sea notificada nuevamente a las partes.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VIII | ||
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| CAROLINE CORREA MERCADO Peticionaria v. CENTROS SOR ISOLINA FERRE, INC. Recurrido | KLCE202000042 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Civil Núm.: J AC 2017-0092 Incumplimiento de Contrato |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres.
Cintrón Cintrón, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de enero de 2020. Compareció ante...
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