Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RIVERA MAYA, EDWIN
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000035
Año:
2020
Fecha:
30 de junio de 2020
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari presentada por Edwin Rivera Maya. El peticionario buscaba la revisión de una sentencia impuesta en 2010 tras una alegación de culpabilidad por asesinato. El Tribunal requirió al peticionario que presentara documentos esenciales, como la solicitud de reconsideración y la sentencia, en un plazo de cinco días. Se le advirtió que el incumplimiento resultaría en la desestimación del recurso. El peticionario no cumplió con la orden dentro del término establecido. El Tribunal determinó que el recurso incumplía sustancialmente los requisitos reglamentarios. Basándose en la falta de presentación de documentos y la obligación de los tribunales de velar por su jurisdicción, el Tribunal concluyó que carecía de jurisdicción para atender el asunto. Por consiguiente, la petición de certiorari fue desestimada.
EL PUEBLO DE PUERTO RICO,
Recurrida, v.
EDWIN RIVERA MAYA, Peticionaria.
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez.
Criminal núm.: ISCR201001148.
Sobre: Art. 199 CP ( $2^{ ext {OO }}$ grado), reclasificado a Art. 198 CP ( $3^{ ext {ER }}$ grado).
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró.
Romero García, jueza ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2020. Examinado el recurso de ...
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