Partes:
GONZALEZ AYALA, CARLOS ALBERTO V. PEREZ VERAS, MARIA RAFAELINA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000032
Año:
2020
Fecha:
30 de enero de 2020
Esta Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende una petición de certiorari presentada por María Rafaelina Pérez Veras en un caso de disolución y liquidación corporativa. La peticionaria impugna una Resolución y Orden del Tribunal de Primera Instancia emitida el 10 de diciembre de 2019. Dicha orden reiteró directrices de una vista previa, incluyendo la exigencia a la peticionaria de devolver fondos corporativos no utilizados y rendir cuentas sobre los gastos realizados en beneficio de la corporación. El Tribunal de Apelaciones había ordenado al recurrido, Carlos Alberto González Ayala, mostrar causa por la cual no debía expedirse el auto de certiorari y revocarse la orden recurrida. El recurrido presentó una oposición solicitando la desestimación por falta de jurisdicción y bajo los criterios de la Regla 40. La Resolución explica el certiorari como un remedio discrecional y describe el marco jurisdiccional bajo la Regla 52.1 de Procedimiento Civil para revisar órdenes interlocutorias. También menciona la Regla 40 del Reglamento del Tribunal, que guía el ejercicio de la discreción. El documento detalla la historia procesal de la petición y sienta las bases para la decisión del tribunal sobre si expedir el auto de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I | ||
|---|---|---|
| CARLOS ALBERTO GONZÁLEZ AYALA Recurrido | KLCE202000032 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan |
| v. | Caso Núm. SJ2019CV01190 | |
| MARÍA RAFAELINA PÉREZ VERAS Y OTROS Peticionara | Sobre: Disolución y Liquidación Corporativa |
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Ramírez Nazario, y el Juez Pagán Ocasio
Pagán Ocasio, Juez Ponente
En San Juan, ...
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