Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. DIAZ COLLAZO, ALEXANDER
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000022
Año:
2020
Fecha:
16 de septiembre de 2020
Alexander Díaz Collazo presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Buscaba revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción para suprimir evidencia obtenida en su residencia. La moción se fundamentó en la Regla 234 de Procedimiento Criminal y el debido proceso de ley. La evidencia fue incautada durante el diligenciamiento de una orden de allanamiento. Dicha orden se expidió basada en una declaración jurada de un agente que realizó vigilancia. La vigilancia observó al peticionario, identificado como "Walker", recibiendo y poseyendo armas de fuego en la vivienda, además de ser sospechoso de venta de drogas. Al ejecutar la orden, se encontró evidencia (marihuana y dinero) a simple vista y el peticionario guió a los agentes a encontrar más (cargadores de arma). El Tribunal de Primera Instancia consideró procedente la orden y denegó la supresión. Tras examinar el caso, el Tribunal de Apelaciones resolvió denegar el auto solicitado, confirmando la decisión de instancia.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VIII | ||
|---|---|---|
| Pueblo de Puerto Rico | Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas | |
| RECURRIDO | ||
| v. | KLCE202000022 | Sobre: Art. 404 LSC, Art. 5.07 LA (2 casos) Art. 6.01 LA (4 casos) |
| Alexander Díaz Collazo | ||
| Caso Núm. E SC2019G0055 E LA2019G0062 AL 0067 |
Panel integrado por su presidente, la Juez Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres.
Rodrígue...
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