Partes:
PHILIP TRADING INTERNATIONAL INC V. CAIMITO METAL INC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201901693
Año:
2020
Fecha:
29 de enero de 2020
Caimito Metal, Inc. solicitó la revisión de una Orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que dio por admitido un requerimiento de admisiones de Philip Trading International, Inc. Philip Trading demandó a Caimito Metal por cobro de dinero, y Caimito Metal contrademandó. Philip Trading cursó un requerimiento de admisiones que Caimito Metal no contestó dentro del término reglamentario. Philip Trading solicitó que se dieran por admitidas las admisiones, a lo que Caimito Metal respondió solicitando una prórroga tardíamente. El TPI emitió una Orden dando por admitido el requerimiento de admisiones y posteriormente reafirmó su decisión tras una solicitud de reconsideración de Caimito Metal. Inconforme, Caimito Metal presentó un recurso de certiorari ante este Tribunal de Apelaciones, alegando error y abuso de discreción del TPI al denegar la prórroga y la reconsideración. Caimito Metal también presentó una moción en auxilio de jurisdicción para paralizar los procedimientos. Tras considerar las posturas de ambas partes, este Tribunal declara no ha lugar la Moción en Auxilio de Jurisdicción y deniega la expedición del certiorari solicitado por Caimito Metal.
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró Méndez Miró, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de enero de 2020. Caimito Metal, Inc. (Caimito Metal) solicita que este Tribunal revise una Orden que emitió el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI). En esta, el TPI dio por admitido un requerimiento de admisiones que cursó Philip Trading International, Inc. (Philip Trading).
Se declara no ha lugar la Moción en Auxilio de Jurisdicción. Se deniega la expedición del certiorari.
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