Partes:
CENTRO DE ESTUDIOS MULTIDISCIPLINARIOS V. TRIPLE S PROPIEDAD INC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201901668
Año:
2020
Fecha:
27 de enero de 2020
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones un recurso de Certiorari presentado por Centro de Estudios Multidisciplinarios (CEM). CEM demandó a Triple-S Propiedad Inc. por alegada impericia y mala fe en el ajuste de reclamaciones por daños del Huracán María. Tras la presentación tardía de una solicitud de prórroga por Triple-S, el Tribunal de Primera Instancia (TPI) anotó la rebeldía. Triple-S solicitó reconsideración, argumentando un breve retraso y comparecencia voluntaria. El TPI levantó la anotación de rebeldía e impuso una sanción económica de $250. Inconforme, CEM acude en Certiorari alegando que el TPI erró al levantar la rebeldía sin justa causa y abusó de su discreción. El Tribunal de Apelaciones revisa esta determinación interlocutoria. La Regla 52.1 de Procedimiento Civil permite expresamente la revisión mediante Certiorari de las decisiones sobre anotaciones de rebeldía. El recurso busca la revocación de la decisión del TPI que dejó sin efecto la rebeldía contra Triple-S.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IX | ||
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| CENTRO DE ESTUDIOS MULTIDICIPLINARIOS, INC. Demandante-Peticionaria | KLCE201901668 | Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan |
| v. TRIPLE S PROPIEDAD INC. Y OTROS Demandado-Recurrido | Caso Núm.: SJ2019CV09520 (508) Sobre: IMPERICIA PROFESINAL CONTRA OTROS PROFESIONALES (NO MÉDICOS) Y OTROS | |
| Panel integrado por su presidente, Juez Hernández Sánche... |
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