Partes:
JIMENEZ CARRASQUILLO, JOSE R V. MAPFRE INSURANCE COMPANY
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201901664
Año:
2020
Fecha:
28 de febrero de 2020
MAPFRE Insurance Company presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Solicitó la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su moción de desestimación. El caso subyacente fue instado por José R. Jiménez contra MAPFRE por daños y perjuicios e incumplimiento de contrato tras el Huracán María. Jiménez alegó que MAPFRE no compensó adecuadamente los daños a su residencia e incurrió en prácticas desleales. MAPFRE solicitó la desestimación basándose en la doctrina de pago en finiquito, argumentando que Jiménez cobró un cheque como pago total. Jiménez se opuso, alegando que no se cumplieron los requisitos de dicha doctrina y que MAPFRE actuó de mala fe. El TPI declaró No Ha Lugar la moción de desestimación, encontrando hechos en controversia. MAPFRE recurrió, alegando que el TPI erró al no aplicar la doctrina de pago en finiquito. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos expuestos, denegó la expedición del auto de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL X | ||
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| JOSÉ R. JIMÉNEZ Recurrido v. MAPFRE INSURANCE COMPANY Y OTROS Peticionarios | KLCE201901664 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Civil número: CA2018CV02509 Sobre: Daños y Perjuicios Contractuales, Incumplimiento Aseguradoras Huracanes Irma/María, Incumplimiento de Contrato |
Panel integrado por su presidenta, la jueza Birriel Cardona, y el juez Bonilla Ortiz y la juez Cortés González.
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