Partes:
RODRIGUEZ VAZQUEZ, RICARDO R V. JNTA EXAMINADORA DE MEDICOS VETERINARIOS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201901652
Año:
2020
Fecha:
27 de febrero de 2020
Se revisa una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó un Aviso de Paralización de Procedimientos bajo la Ley PROMESA. El Gobierno de Puerto Rico y la Junta Examinadora de Médicos Veterinarios solicitaron la revocación de dicha Resolución. El caso subyacente es una Petición de Mandamus presentada contra la Junta Examinadora. Los recurridos buscaban obligar a la Junta a proveer un examen alterno a ciertos egresados de escuelas de veterinaria, según la Ley Núm. 229-2015. El TPI inicialmente expidió el Mandamus, ordenando la creación y ofrecimiento del examen. Posteriormente, los peticionarios solicitaron la paralización del caso al amparo de PROMESA, alegando que los hechos ocurrieron antes de la fecha de la paralización automática. Los recurridos se opusieron, argumentando que su reclamo era sobre el cumplimiento de un deber ministerial, no sobre el cobro de una deuda. El TPI denegó la solicitud de paralización. El panel de apelación expide el auto de certiorari y revoca la Resolución recurrida. Esto implica que se concede la paralización de los procedimientos conforme a la Ley PROMESA.
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Salgado Schwarz
Figueroa Cabán, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2020. Comparecen el Gobierno de Puerto Rico, en adelante el Gobierno y la Junta Examinadora de Médicos Veterinarios, en adelante la Junta Examinadora, en conjunto los peticionarios, y solicitan que revoquemos una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en adelante TPI. Mediante la misma se declaró no ha lugar un Aviso de Paralización de los Procedimientos al ampar...
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