Partes:
RAMOS APONTE, MELBA DEL C V. ORELLANA SERRANO, JOSE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201901563
Año:
2020
Fecha:
28 de enero de 2020
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLCE201901563. La abogada Melba Del C. Ramos Aponte demandó a José Orellana Serrano por cobro de honorarios profesionales de un caso previo. El demandado, Sr. Orellana, solicitó enmendar su contestación para incluir una reconvención por alegada pobre representación legal de la demandante en el caso original. El Tribunal de Primera Instancia (TPI) autorizó la enmienda y la reconvención. La Lcda. Ramos Aponte presentó una Moción de Reconsideración, la cual fue declarada no ha lugar por el TPI. Inconforme, la Lcda. Ramos Aponte acudió al Tribunal de Apelaciones mediante un recurso de Certiorari. Alegó que el TPI erró al autorizar la reconvención compulsoria, la cual consideraba tardía y prescrita. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar la petición, emitió una Resolución. La Resolución deniega la expedición del auto de certiorari solicitado por la Lcda. Ramos Aponte.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL III | ||
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| MELBA DEL C. RAMOS APONTE Demandante-Peticionaria Vs. JOSÉ ORELLANA SERRANO Demandado-Recurrido | KLCE201901563 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Caso Núm.: SL2019CV00021 Sobre: Cobro de Dinero |
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