Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. HERRERA TORRES, ADALBERTO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900480
Año:
2019
Fecha:
30 de abril de 2019
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución sobre un recurso de certiorari instado por Adalberto Herrera Torres. El peticionario impugna una determinación del Tribunal de Primera Instancia de Arecibo que, al parecer, denegó su solicitud de reducir la pena impuesta en un 25% mediante la aplicación de circunstancias atenuantes. El Tribunal de Apelaciones señala que el recurso de certiorari es discrecional y se rige por los criterios de la Regla 40 de su Reglamento. Tras examinar la petición, el Tribunal concluye que la solicitud no cumple con ninguno de dichos criterios. La intervención con la discreción del foro de instancia solo procede ante un craso abuso, prejuicio o error manifiesto que cause perjuicio sustancial. Además, la petición incumple sustancialmente con los requisitos formales del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. Por consiguiente, el Tribunal determina que no procede la expedición del auto de certiorari.
EL PUEBLO DE PUERTO RICO, Recurrida, KLCE201900480 v.
ADALBERTO HERRERA TORRES,
Peticionaria.
procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo.
Criminal núm.: C PD2014G0013.
Sobre: reducción de la pena mediante la aplicación de atenuantes.
Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Romero García y el Juez Torres Ramírez.
Romero García, jueza ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2019. La parte peticionaria, Adalberto Herrera T...
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