Partes:
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO V. ALGARIN DIAZ, MARGARITA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900413
Año:
2019
Fecha:
30 de abril de 2019
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de Certiorari presentado por Juan E. Amador Colón. El peticionario solicitó la revisión de una orden del Tribunal de Primera Instancia que dispuso el lanzamiento de los ocupantes de una residencia ejecutada por Banco Popular de Puerto Rico. La propiedad pertenecía originalmente a Margarita Algarín Díaz, quien incumplió con la hipoteca. Amador Colón alegó ser el titular y ocupante actual, habiendo recibido la propiedad supuestamente como regalo de la demandada. Banco Popular inició el proceso de ejecución en 2012, obteniendo sentencia en rebeldía y, tras la subasta, solicitó el desalojo. Intentos previos del peticionario para intervenir en el caso o demandar al banco fueron desestimados. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso y el historial del caso. Concluyó que el peticionario carecía de legitimación para impugnar la orden de lanzamiento. Por consiguiente, desestimó el recurso de Certiorari por falta de jurisdicción.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL III | ||
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| Banco Popular de Puerto Rico Demandante-Recurrido vs. Margarita Algarín Díaz Demandada Juan E. Amador Colón Peticionario | KLCE201900413 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo Sobre: Cobro De Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria Civil Núm.: NSCI2012-00785 (301) |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, la Juez Lebrón ... |
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