Partes:
GIERBOLINI RODRIGUEZ, LUIS A V. GIERBOLINI CONSULTING GROUP, CORP.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900345
Año:
2019
Fecha:
24 de junio de 2019
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari. Se revisa una orden del Tribunal de Primera Instancia que autorizó el embargo de cuentas bancarias de Gierbolini Consulting Group, Corp. y Saaggezza, LLC. Dicho embargo fue solicitado por Jannette Santiago Ortiz para ejecutar una estipulación de pago de una sentencia de divorcio contra Luis A. Gierbolini Rodríguez. Las corporaciones peticionarias, ajenas al pleito de divorcio original, impugnaron la orden de embargo. Alegaron que el tribunal de instancia carecía de jurisdicción sobre ellas y que se violó su derecho al debido proceso de ley al ordenar el embargo sin vista ni oportunidad de ser oídas. También cuestionaron la denegatoria de su derecho a representación legal. El Tribunal de Apelaciones consideró los argumentos de los peticionarios. Determinó expedir el auto de certiorari. Finalmente, revocó la orden del Tribunal de Primera Instancia que autorizaba el embargo de las cuentas corporativas.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XI | ||
|---|---|---|
| LUIS A. GIERBOLINI | CERTIORARI | |
| RODRÍGUEZ Y JANNETTE SANTIAGO ORTIZ | KLCE201900345 | procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina |
| Peticionarios | Civil Núm.: F DI2011-0177 | |
| v. | Sobre: Divorcio (Consentimiento Mutuo) | |
| EX PARTE |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Juez Surén Fuentes, la Jueza Cortés González
Surén Fuentes, Juez Ponente
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