Partes:
RAEVIS TORRES, JOHN V. REYES DIAZ, ANNETTE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900283
Año:
2019
Fecha:
22 de abril de 2019
Se presenta un recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un pleito de liquidación de sociedad post ganancial. El recurrente impugna una resolución interlocutoria del Tribunal de Primera Instancia que acogió una defensa de cosa juzgada. Dicha resolución impidió la presentación de evidencia sobre retiros de fondos gananciales realizados por la recurrida. El Tribunal de Apelaciones desestima el auto de Certiorari solicitado. La desestimación se fundamenta en la falta de autoridad para revisar la resolución interlocutoria mediante este recurso. La Regla 52.1 de Procedimiento Civil limita los tipos de órdenes interlocutorias revisables por Certiorari. La resolución impugnada no se encuentra entre las excepciones que permiten la revisión inmediata. La desestimación no prejuzga los méritos y el asunto puede plantearse en una apelación posterior a la sentencia final.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IV | ||
|---|---|---|
| JOHN RAEVIS TORRES | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de BAYAMÓN | |
| Recurrente | KLCE201900283 | Civil. Núm.: D AC2007-4248 (505) |
| v. | Sobre: LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD POST GANANCIAL | |
| ANNETTE REYES DÍAZ | ||
| Recurrida | ||
| Panel integrado por su presidenta la Juez Coll Martí, el Juez Flores García y el Juez Rivera Torres | ||
| Coll Martí, Juez Ponente | ||
| SENTENCIA | ||
| En San... |
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