Partes:
RIVERA SANCHEZ, RAMONA V. RIVERA CONTRERAS, JOSE A
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900271
Año:
2019
Fecha:
16 de abril de 2019
Ramona Contreras Sánchez solicitó una orden de protección contra su hijo, José A. Rivera Contreras, al amparo de la Ley Núm. 121. El Tribunal de Primera Instancia denegó una primera petición el 22 de enero de 2019. La señora Contreras Sánchez presentó una segunda petición similar el 29 de enero de 2019, la cual también fue declarada no ha lugar por el foro primario. Inconforme con la segunda denegatoria, la peticionaria acudió en certiorari ante el Tribunal de Apelaciones el 28 de febrero de 2019. El recurso buscaba la revocación de la resolución del TPI emitida el 29 de enero de 2019. El Tribunal de Apelaciones desestimó el auto de certiorari solicitado. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción. El tribunal determinó que el recurso fue presentado tardíamente, fuera del término de treinta días establecido por la Regla 52.2(b) de Procedimiento Civil. Se reitera la importancia del cumplimiento estricto de los términos procesales para la presentación de recursos apelativos.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II | ||
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| RAMONA CONTRERAS SÁNCHEZ Peticionaria V. JOSÉ A. RIVERA CONTRERAS Recurrido | KLCE201900271 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Caguas Sobre: Orden de Protección Ley 121 Caso Núm.: OPE2019-0051 |
| Panel integrado por su presidenta, la Juez Birriel Ordri Ortiz Flores y el Juez Rodríguez Casillas | Cardona, la Juez Rodríguez Casillas, Juez Ponente |
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 16 de abril de...
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