Partes:
CARRERO LUGO, OSVALDO V. ADMINISTRACION DE CORRECCION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900186
Año:
2019
Fecha:
25 de febrero de 2019
Se trata de un recurso de certiorari presentado por la Administración de Corrección, demandada en un caso de daños y perjuicios incoado por Osvaldo Carrero Lugo. El recurso busca revocar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia de Ponce. Dicha Resolución declaró No Ha Lugar una Moción de Desestimación presentada por la Administración de Corrección. La moción de desestimación se fundamentaba en el alegado incumplimiento con la Regla 4 de Procedimiento Civil, específicamente la falta de diligenciamiento del emplazamiento dentro del término de 120 días. El foro primario había determinado que el error en el diligenciamiento no era imputable al demandante y que la dilación no fue producto de su inercia. La Administración de Corrección solicitó reconsideración de esta decisión, la cual también fue denegada. Ante ello, la Administración de Corrección acudió al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. Tras revisar el recurso, el Tribunal de Apelaciones emitió su Resolución. El Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari solicitado.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE PONCE | ||
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| OSVALDO CARRERO LUGO Demandante - Recurrido V. ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Demandados Peticionarios | KLCE201900186 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Caso Núm.: J DP2018-0113 Sobre: Daños y Perjuicios |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres; el Juez Rivera Colón y la Juez Lebrón Nieves
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