Partes:
SUCN ANGEL RAMOS NADAL V. FIGUEROA MENDEZ, MARIA ENEIDA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900181
Año:
2019
Fecha:
10 de junio de 2019
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de certiorari. La Sucesión Ángel Ramos Nadal impugna donaciones realizadas por el causante a María Eneida Figueroa Méndez. La Sucesión alega la nulidad de las donaciones por incumplimiento notarial de requisitos contributivos, falta de titularidad total del donante sobre un inmueble, o por ser inoficiosa. La parte recurrida se opuso, cuestionando la legitimación activa y alegando buena fe. El Tribunal de Primera Instancia denegó una moción de sentencia sumaria por existir hechos en controversia. Posteriormente, el foro primario ordenó a la Sucesión presentar documentos específicos relacionados con herencias y bienes. La Sucesión recurrió la resolución del Tribunal de Primera Instancia del 14 de enero de 2019, que denegó una solicitud y le impuso una sanción económica por incumplimiento de una orden previa. El Tribunal de Apelaciones expide el auto de certiorari. La resolución recurrida es modificada por el Tribunal de Apelaciones. Así modificada, la resolución del foro primario es confirmada.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII | ||
|---|---|---|
| SUCESIÓN ÁNGEL RAMOS NADAL, ET ALS. Demandante-Peticionario | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez Civil. Núm. ISCI201700625 (206) | |
| Vs. | KLCE201900181 | Sobre: INVALIDEZ DE DONACIÓN, NULIDAD DE DONACIÓN, DONACIÓN INOFICIOSA, REINVINDICACIÓN, DAÑOS Y PERJUICIOS |
| MARÍA ENEIDA FIGUEROA MÉNDEZ, ET ALS. Demandada-Recurrida | ... |
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito