Partes:
LOPEZ GOMEZ, MIGDALIA V. GONZALEZ HERNANDEZ, JOSE A
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900135
Año:
2019
Fecha:
27 de marzo de 2019
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que deniega la expedición de un auto de Certiorari solicitado por Migdalia López Gómez. La Peticionaria buscaba la revisión de una Resolución y Orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de enero de 2019. En dicho dictamen, el TPI declaró no ha lugar una Moción para Insistir en Orden de Desacato presentada por la Sra. López y dejó sin efecto una vista de desacato. El caso original inició en 2013 con reclamaciones laborales contra AEELA, incluyendo una solicitud de interdicto. Una Sentencia Parcial de 2014 ordenó la reinstalación de la demandante a su puesto de Directora Ejecutiva Auxiliar y el pago de salarios y beneficios. Aunque el TPI determinó en 2016 que la demandante aceptó ser ubicada en otro puesto con la misma remuneración, ella continuó solicitando el cumplimiento específico de la sentencia original y alegando desacato. Los demandados argumentaron la imposibilidad de cumplimiento debido a la eliminación del puesto original por reestructuración. El Tribunal de Apelaciones deniega el recurso, confirmando la decisión del TPI de no proceder con la orden de desacato en ese momento.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII | ||
|---|---|---|
| MIGDALIA LÓPEZ GÓMEZ Demandante-Peticionaria | KLCE201900135 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil. Núm. K PE2013-3300 (907) |
| Vs. | Sobre: INTERDICTO PRELIMINAR Y PERMANENTE, VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO DE LEY CONTRACTUAL, ETC. | |
| JOSÉ A. GONZÁLEZ HERNÁNDEZ Y/O Demandados-Recurridos |
Panel integrado por su presidente, e...
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