Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RODRIGUEZ RUIZ, RAMON L
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900134
Año:
2019
Fecha:
8 de febrero de 2019
Ramón L. Rodríguez Ruiz presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones solicitando la revocación de resoluciones del Tribunal de Primera Instancia. Dichas resoluciones denegaron su solicitud de desestimación de cargos criminales. El peticionario alegó que el Fiscal Especial Independiente (FEI) perdió jurisdicción al excederse por dos días del término legal de 210 días para completar la investigación. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la moción de desestimación, determinando que la investigación se realizó dentro de los términos y que estos son de cumplimiento estricto, no jurisdiccionales. Tras denegar una moción de reconsideración, el señor Rodríguez Ruiz acudió al Tribunal de Apelaciones. Examinado el recurso presentado y el derecho aplicable, el Tribunal de Apelaciones acordó denegar la expedición del auto de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL X | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido | KLCE201900134 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de SAN JUAN |
| v. | Caso Núm.: K VP2018-2044 K VP2018-2045 | |
| RAMÓN L. RODRÍGUEZ RUIZ Peticionario | Sobre: Art. 202(B) CP (2014) Art. 254 CP (2014) |
Panel integrado por su presidente el Juez Figueroa Cabán, la Juez Nieves Figueroa y el Juez Salgado Schwarz.
Nieves Figueroa, Juez Ponente
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