Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. PADILLA ALBINO, JORGE LUIS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900129
Año:
2019
Fecha:
30 de abril de 2019
El Estado de Puerto Rico presentó un recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones para revisar una decisión del Tribunal de Primera Instancia en un caso de asesinato en segundo grado. La controversia central radicaba en la definición del elemento subjetivo del delito que se impartiría al jurado. Los hechos ocurrieron bajo la vigencia del Código Penal de 2012, que utilizaba el concepto de "intención". Posteriormente, la Ley Núm. 246-2014 introdujo el término "temeridad" para describir el elemento subjetivo. El Tribunal de Primera Instancia resolvió que debía instruirse al jurado con la definición de "intención" del Código Penal de 2012, vigente al momento de los hechos. El Estado discrepó, argumentando que "intención" y "temeridad" eran equivalentes y que debía aplicarse la definición posterior. El Tribunal de Primera Instancia rechazó la aplicación retroactiva de los elementos subjetivos de la Ley 246-2014. El Tribunal de Apelaciones expidió el Certiorari solicitado por el Estado. Tras revisar el recurso, el Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación del Tribunal de Primera Instancia.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII | ||
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| SENTENCIA | ||
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