Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. MORALES FIGUEROA, GARIEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900113
Año:
2019
Fecha:
20 de febrero de 2019
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una solicitud de auto de certiorari. El peticionario, Gariel A. Morales Figueroa, solicitó la aplicación del principio de favorabilidad a su sentencia. Cumple una condena de 10 años por cinco violaciones a la Ley de Armas. Alegó que la Ley Núm. 246-2014, aprobada durante su reclusión, es más benigna en cuanto a la pena. El Tribunal examinó el recurso y los autos originales del Tribunal de Primera Instancia. Se explica el recurso de certiorari como vehículo procesal extraordinario y discrecional. Se detalla el principio de favorabilidad, consagrado en los Códigos Penales, que permite la aplicación retroactiva de leyes penales más favorables. Se aclara que este principio no tiene rango constitucional y su aplicación depende de la discreción legislativa. Bajo el Código Penal de 2012, aplica a conductas delictivas posteriores a septiembre de 2012 si una ley posterior es más favorable. El Tribunal denegó la solicitud de auto de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido | KLCE201900113 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan |
| Vs. | Crim. Núm. K LA2018G0129 AL K LA2018G0133 | |
| GARIEL A. MORALES FIGUEROA | Sobre: ART. 5.01 L. A. (2 CS), ART. 5.04 L. A., ART. 5.07 L. A. Y ART. 6.01 L. A. | |
| Peticionario | Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Juez Brignoni Mártir y la Juez Mé... |
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