Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. LOPEZ DE LEON, LUIS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900111
Año:
2019
Fecha:
13 de febrero de 2019
El Tribunal de Apelaciones deniega la solicitud de certiorari presentada por un miembro de la población correccional que buscaba revisar la negativa del Tribunal de Primera Instancia a modificar su sentencia. El peticionario, convicto de asesinato y violaciones a la Ley de Armas, había sido sentenciado a una larga pena de reclusión. Esta era la segunda vez que el peticionario solicitaba una rebaja de sentencia ante el foro primario, cuya primera denegatoria ya había sido desestimada en apelación previa. El peticionario argumentaba la inconstitucionalidad de la aplicación de la Ley de Armas y la falta de prueba. El Tribunal de Apelaciones fundamenta su decisión en que el asunto planteado ya había sido resuelto anteriormente, invocando el principio de que los litigios deben tener un punto final. Además, señala que el peticionario no demostró tener un argumento meritorio para impugnar su sentencia. Finalmente, indica que el peticionario incumplió con la obligación procesal de acompañar todos los documentos pertinentes para evaluar su reclamación. Por estas razones, se deniega la expedición del auto solicitado.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IX | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido | KLCE201900111 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao |
| v. | Criminal núm.: HSCR201100906 y HSCR201100907 | |
| LUIS LÓPEZ DE LEÓN Peticionario | Por: Art. 5.07 Ley de Armas (2 egs.) |
Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Grana Martínez y el Juez Sánchez Ramos.
Sánchez Ramos, Juez Ponente
En San Juan, Puer...
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