Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. VARGAS SOTO, HECTOR L
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900082
Año:
2019
Fecha:
27 de febrero de 2019
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLCE201900082. El peticionario, Héctor L. Vargas Soto, presentó un recurso de certiorari para revisar una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de desestimación por impedimento colateral por sentencia. El Tribunal de Apelaciones desestima el recurso. La desestimación se fundamenta en la falta de jurisdicción del tribunal para atender el caso. Se reitera el principio legal de que un tribunal sin jurisdicción solo puede declararlo y desestimar la acción sin entrar en los méritos. Se mencionan las bases legales que rigen la jurisdicción del Tribunal de Apelaciones para conocer de recursos de certiorari. Se destaca la importancia del cumplimiento estricto del término de treinta días para presentar el recurso tras la notificación de la resolución recurrida, según la Regla 32(D) de su Reglamento. La ausencia de jurisdicción en este caso particular lleva a la desestimación del certiorari.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VIII | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. HÉCTOR L. VARGAS SOTO Peticionario | KLCE201900082 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez Caso Núm: ISCR201601652 Por: Art. 202-A CP |
| Panel integrado por su presidenta, la Jueza Colom García, la Jueza Soroeta Kodesh y la Jueza Domínguez Irizarry | ||
| Soroeta Kodesh, Jueza Ponente | ||
| RESOLUCIÓN | ||
| En San Juan, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2019. | ... |
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito