Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. ACEVEDO BAYON, EDGARDO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900006
Año:
2019
Fecha:
31 de enero de 2019
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de certiorari presentado por Edgardo Acevedo Bayón. El peticionario solicitó la revisión de una Orden del Tribunal de Primera Instancia que denegó su Moción de Modificación o Corrección de Sentencia. Dicha moción se basaba en su alegada cooperación con investigaciones del Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) mientras cumplía una sentencia de 20 años. El peticionario argumentaba que esta cooperación, que resultó en arrestos y procesamientos, le daba derecho a una reducción de sentencia bajo la Regla 185(c) de Procedimiento Criminal. El Tribunal de Primera Instancia declaró no ha lugar su solicitud. El Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto de certiorari. La denegatoria se fundamenta en que el recurso no presenta una controversia sustancial bajo la Regla 83(C) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. Se menciona la discreción del tribunal apelativo para expedir el auto según la Regla 40.
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Región Judicial de Arecibo | |
|---|---|---|
| Recurridos | ||
| v. | KLCE201900006 | Número: CBD2011G0418 |
| EDGARDO ACEVEDO BAYÓN Peticionario | Sobre: A198 | |
| Panel integrado por su presidenta, la Juez Birriel Cardona, la Juez Ortiz Flores y el Juez Rodríguez Casillas | ||
| Ortiz Flores, Juez Ponente | ||
| RESOLUCIÓN | ||
| En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2019. | ||
| Comparec... |
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