Partes:
SUCN ERNESTO DAVID AGUIRRE RIVERA V. ORIENTAL BANK
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201801770
Año:
2019
Fecha:
28 de febrero de 2019
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia sobre un recurso de certiorari presentado por Oriental Bank. El banco impugna la negativa del Tribunal de Primera Instancia a dictar sentencia sumaria en una demanda de nulidad de contrato. La demanda fue presentada por la sucesión de Ernesto David Aguirre Rivera, quien adquirió una casa reposeída de BBVA (sucesorado por Oriental). La sucesión alega que el contrato es nulo por vicio del consentimiento, dado que el causante padecía una condición de salud mental que limitaba su capacidad. Su madre notificó al banco sobre esta condición antes de la venta. Oriental Bank argumenta que la acción de nulidad por vicio del consentimiento no es transmisible tras la muerte y que el caso debe resolverse sumariamente. La sucesión sostiene que existen controversias de hechos materiales que requieren un juicio plenario. El Tribunal de Apelaciones expide el auto de certiorari pero confirma la resolución recurrida. Esto implica que el caso continuará en el Tribunal de Primera Instancia para dilucidar los hechos y el derecho aplicable a la validez del contrato.
SUCESIÓN ERNESTO DAVID AGUIRRE RIVERA, COMPUESTA POR ROSITA RIVERA PAGÁN Y ERNESTO JESÚS AGUIRRE CAÑEDO
Recurridos
VS.
ORIENTAL BANK, COMO SUCESOR DEL BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA PUERTO RICO Y OTROS
Peticionario
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón
Caso Núm.: D AC20150723 (504)
SOBRE: Resolución de contrato, nulidad de contrato, vicio del consentimiento, rescisión del contrato y otros
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Rivera Colón y la ...
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